PROFESORES QUE ESTÁN DESIGNADOS EN CARGOS DIRECTIVOS DE
INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS, CONTINUARAN DESEMPEÑANDO SUS FUNCIONES HASTA
QUE SE REINICIE EL SERVICIO EDUCATIVO EN FORMA PRESENCIAL
Ayer domingo 10 se publicó en el diario
Oficial el Peruano, el DECRETO
LEGISLATIVO Nº 1493, donde se INCORPORA UNA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA,
TRANSITORIA Y FINAL A LA LEY Nº 29944, LEY DE REFORMA MAGISTERIAL.
Señala esta nueva norma legal, que el
profesor designado en un cargo directivo en una Instancia de Gestión Educativa
Descentralizada, que hasta el término de su periodo de designación no haya sido
evaluado en su desempeño en el cargo, debido a la vigencia de la declaratoria
de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional y del Estado de Emergencia a
consecuencia del brote del COVID-19, de manera excepcional y por única vez,
continua ejerciendo el cargo directivo, debiendo reiniciarse su evaluación de
desempeño en el cargo una vez iniciada la prestación presencial del servicio
educativo en las instituciones educativas públicas. La aprobación de la
citada evaluación dispone la ratificación por un periodo adicional de cuatro
años y su desaprobación, el retorno al cargo docente. El Ministerio de
Educación aprueba las disposiciones que sean necesarias para la aplicación de
la presente disposición".