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martes, 1 de septiembre de 2020

CON APLICATIVO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN IDENTIFICARÁN A PERSONAL DE COLEGIOS PRIVADOS CON CONDENAS POR VIOLENCIA SEXUAL, NARCOTRÁFICO Y FEMINICIDIO O TERRORISMO


La UGEL Arequipa Sur, comunica a los directores (as) de las Instituciones Educativas Privadas de los diferentes Niveles y Modalidades, que el Ministerio de Educación a través de un dispositivo se permitirá detectar a personas con condenas por terrorismo, narcotráfico, feminicidio y pornografía infantil. 

Con el objetivo de contar con escuelas seguras y libres de violencia, el Ministerio de Educación (Minedu) ha creado el “Sistema de registro de datos de personal docente y administrativo de instituciones educativas privadas” (REGIEP), que permite identificar y prevenir la incorporación al sector de personal que haya sido sentenciado por alguno de los delitos estipulados en la Ley N° 29988. 

Esta ley dispone la destitución del personal de instituciones educativas que cuente con sentencias o condenas por terrorismo o apología del terrorismo, violación de la libertad sexual, tráfico ilícito de drogas, feminicidio, pornografía infantil, entre otros delitos. 

Hasta julio de 2020 se ha logrado destituir a 1103 docentes o trabajadores administrativos de instituciones educativas públicas y privadas con sentencias consentidas y ejecutoriadas. 


De los 4310 casos de violencia sexual en instituciones educativas en los que el agresor ha sido un docente o personal administrativo, 460 han ocurrido en colegios privados, según el portal SíseVe (julio de 2020). 


ASÍ FUNCIONA 
El director del colegio es el único que tendrá acceso al registro de información del personal contratado, o que va a ser contratado, en el aplicativo REGIEP a través del Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE), para ver el video tutorial haga clic AQUÍ: https://youtu.be/9MfG2XqyAE0

Esta información es cotejada con el Registro Nacional Judicial y luego la aplicación indicará si existe personal con sentencias o condenas por alguno de los delitos estipulados en la Ley N° 29988. 

De ser este el caso, el empleador adoptará la medida de separación definitiva mediante una carta de despido o la resolución del contrato. 

En este contexto, las UGEL tienen la responsabilidad de consultar permanentemente el resultado del cotejo con el Poder Judicial que los directivos de las instituciones educativas privadas reportan a través del REGIEP. 

Por su parte, las DRE tienen la obligación de comunicar al Minedu la información remitida por las UGEL sobre las acciones implementadas por los colegios privados respecto a la separación definitiva o destitución o separación preventiva del personal docente y administrativo que se encuentra impedido de laborar en el sector educación.