MESA DE PARTES VIRTUAL

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CONCURSO DE NOMBRAMIENTO 2021

ONOMASTICOS FEBRERO

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CONTRATACIÓN DOCENTE 2021

MATRICULA REGULAR

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martes, 5 de mayo de 2020

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Este miércoles 6 de mayo, entrevistamos al Especialista y responsable del SIAGIE de la UGEL Sur, Edgar Machaca Macedo, con el tema "Aprobación de nóminas de matrícula 2020"

Lunes, miércoles y viernes, a las 7:30 a.m., informate, y conoce los comunicados, actividades, capacitaciones de la UGEL, GREA y MINEDU.

"UGEL Arequipa Sur, comprometidos por una educación de calidad"


NOTA DE PRENSA VIRTUAL No. 001-2020- UGEL AQP SUR/RR.PP.
EL 18 DE MAYO SE INICIARÁ EL CURSO VIRTUAL GRATUITO PARA “AUXILIARES DE EDUCACIÓN INICIAL” QUE ORGANIZA EL MINEDU
Con el objetivo fortalecer la labor y competencias de las y los auxiliares de educación inicial para mejorar la atención integral de los niños y las niñas menores de 6 años en los servicios de Educación Básica Regular, la UGEL Arequipa Sur, hace de conocimiento que el Ministerio de Educación ha programado realizar el Curso virtual gratuito “Fortalecimiento de capacidades para Auxiliares de Educación Inicial”, el mismo que se iniciará el lunes 18 de mayo a través del Portal PerúEduca y culminará el 18 de junio; el curso está precisamente dirigido a los  auxiliares nombrados y contratados de educación inicial (EBR) a nivel nacional.

Es requisito para participar contar con un usuario y contraseña en PerúEduca.






MINEDU IMPLEMENTA PLATAFORMA VIRTUAL PARA MATRÍCULAS Y TRASLADOS A COLEGIOS PÚBLICOS DURANTE EL 2020
Mediante resolución ministerial se dispone que las solicitudes deben registrarse entre el 8 y el 22 de mayo
No será necesaria la presentación de documentos físicos para el registro en la plataforma
El Ministerio de Educación (Minedu) ha dispuesto la implementación de una plataforma virtual para que los representantes legales de los menores que requieran estudiar durante el año 2020 en una institución educativa pública de Educación Básica Especial o de Educación Básica Regular –con excepción de los Colegios de Alto Rendimiento– registren su solicitud entre el 8 y el 22 de mayo del presente año.
La resolución ministerial N° 178-2020-MINEDU, publicada en una edición extraordinaria de las normas legales del diario El Peruano, señala que la solicitud puede referirse al traslado de un menor de una institución educativa pública o privada a una institución educativa pública; o al primer ingreso del menor al Sistema Educativo Peruano en una institución educativa pública, en caso no haya cursado estudios previos en este sistema.
La norma explica en sus considerandos que el estado de emergencia nacional ha generado que algunas personas no puedan acudir a las instituciones educativas a realizar el proceso de matrícula, los directivos no puedan concluir los procesos de matrícula que estaban en trámite y, en el caso de colegios privados, que un grupo de padres cuyos ingresos se han visto reducidos no puedan continuar pagando las mensualidades o pensiones, por lo que requieren migrar a una institución educativa pública.
Los representantes legales pueden ser, en orden excluyente, el padre o la madre del menor, el abuelo o la abuela, el hermano o la hermana con 18 años cumplidos o más, el tío o la tía y otros parientes.
Asimismo, se indica que para el registro en la plataforma no es necesaria la presentación de documentos físicos y que toda la información que se registre tiene carácter de declaración jurada. Posteriormente, en caso lo estimen pertinente, el Minedu y los directivos de las instituciones educativas públicas podrán verificarlo a través de los medios disponibles.
En caso los directivos identifiquen falsedades, inexactitudes o errores en la información declarada, podrán adoptar las medidas para corregir la situación, conforme a las normas vigentes y, en especial, considerando las normas pedagógicas pertinentes, priorizando siempre el interés superior del niño.
Los directivos de cada institución educativa deberán completar los registros pendientes en el SIAGIE hasta el 7 de mayo o hasta agotar vacantes. A partir del 8 de mayo no se podrán ingresar más registros.
Sobre la base de estas solicitudes, el Minedu establecerá la modalidad de atención idónea que ofrecerá en función de la capacidad instalada y las posibilidades de ampliación de la oferta pública.
La norma señala también que las direcciones regionales de Educación, o las que hagan sus veces, y las unidades de gestión educativa local, en el ámbito de sus competencias, deben disponer las acciones respectivas para supervisar, en lo que corresponda, el cumplimiento de lo dispuesto bajo responsabilidad.
Asimismo, hasta el 7 de mayo, las unidades de gestión educativa local deben brindar asistencia técnica a las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular y Educación Básica Especial para el registro de las solicitudes en el Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa. Posterior a ello, debe brindar asistencia técnica para el cumplimiento de las tareas que les corresponden durante la implementación de la plataforma virtual.




28/04/2020. La UGEL Arequipa Sur, da a conocer que el Ministerio de Educación ha emitido la RVM No. 0094-2020-MINEDU, que aprueba el documento normativo “Norma que regula la evaluación de las competencias de los estudiantes de la Educación Básica”



EN SIETE DÍAS, COLEGIOS PRIVADOS DEBEN COMUNICAR A LOS PADRES DE FAMILIA LA EXISTENCIA O NO DE UNA NUEVA PROPUESTA DEL SERVICIO EDUCATIVO 
La UGEL Arequipa Sur, da a conocer que hoy martes 05 de mayo, el Ministerio de Educación ha emitido el Decreto Legislativo No. 1476, que establece medidas para garantizar la transparencia, protección de usuarios y continuidad del servicio educativo no presencial en las Instituciones Educativas Privadas de educación básica, en el marco de las acciones para prevenir la propagación del COVID 19. 

Al respecto, en un plazo de no mayor de 7 días, las Instituciones Educativas Privadas, comunicarán a los padres de familia, vía correo electrónico u otro medio, de la existencia o no de una propuesta del servicio educativo. 

Si el Padre de familia, no está de acuerdo con la propuesta del servicio educativo, podrá solicitar el traslado de su menor hijo. 

Ante esta decisión del padre de familia, las Instituciones Educativas privadas devolverán la cuota de matrícula, la cuota de ingreso, y las pensiones canceladas, de manera proporcional al tiempo de permanencia del estudiante, descontando las deudas pendientes si las hubiera, dentro del plazo de 30 días calendario, salvo condiciones distintas que acuerden las partes respecto del plazo de devolución. 

Las UGELs supervisaran o fiscalizarán las obligaciones sobre el Decreto Legislativo No. 1476. 

En 15 días hábiles se aprobará el reglamento del presente decreto legislativo.


Arequipa, 5 de mayo 2020

Oficina de Relaciones Públicas
UGEL Arequipa Sur